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Admin: Borrar Mensaje  el dia del mundo     15/05/2004 09:39  Fecha
Mensaje HECHOS & IDEAS
CARMEN CORDÓN

Baleares, más espíritu emprendedor

En el 2003 se han creado 3.620 nuevas sociedades en Baleares. El ritmo creador de empleo de las pequeñas compañías dobla al de las grandes aunque la tasa de crecimiento anual se ralentiza. Ahora lo que más preocupa es la consolidación


Según el registro mercantil 2003 ha sido un año récord en creación de nuevas sociedades se están empezando a recoger los frutos de todas las políticas de de apoyo a la creación de empresas de los últimos años pero esta tasa de crecimiento no puede permanecer en el tiempo y se ha ralentizado. La consolidación de estas nuevas empresas es hoy en día la mayor preocupación de los analistas.

Nadie discute la preponderancia de las grandes empresas en los mercados. Pero sí su flexibilidad y capacidad para adaptarse a las situaciones difíciles de la economía. Los últimos dos ejercicios, 2002 y 2003 -el primero de cierre de la crisis empresarial, y el segundo de recuperación neta (con un incremento de sus beneficios de un 28,6 por ciento)- han demostrado la mayor capacidad de las compañías pequeñas para coger el tren de la reactivación.

Según Expansión, en 2002, con la crisis aún en los talones, las pequeñas compañías moderaron el crecimiento de sus gastos laborales por empleado desde el 4,4 por ciento de 2001 hasta el 2,7 por ciento; mientras, las grandes tuvieron que sortear un año de crecimiento de sus beneficios inferior al 1 por ciento con un repunte del ritmo de incremento de esta partida de gastos, que pasó del 2,8 por ciento de avance en 2001 al 3,6 por ciento en 2002, Estas cifras parecen reflejar que el ritmo creador de empleo de las pequeñas empresas supera al de las grandes y por tanto son las pequeñas y medianas empresas las que mantienen la marcha de la economía Balear.

El sector servicios continúa a la cabeza y es en este sector donde las ideas de negocio se empiezan a ver como auténticas oportunidades de autoempleo. Las nuevas empresas prestan servicios a las empresas como son el de marketing, diseño, informática, prevención de riesgos laborales, gestión de calidad. También a la familia con asistencia domiciliaria para personas mayores, tele servicios…, también se dedican a la gestión del patrimonio cultural o del medio ambiente mediante consultoras o con instalación de energías renovables y a obtener ingresos del ocio.

Sociedades Limitadas

La mayoría de las sociedades que se están constituyendo son Sociedades limitadas los motivos para esta tendencia pueden ser que sus promotores estén mejor preparados o que los planes de empresas suelen estar mejor preparados. Otro de los motivos claros es que un autónomo arriesga su patrimonio y la creación de la sociedad limita este riesgo al capital social. El número de Sociedades Anónimas que se han constituido en el año 2003 ha descendido un 20 respecto al 2002. El motivo de este descenso se debe a que la gente busca estructuras ágiles y las SA tienen exigencias fiscales, contables y administrativas que no hay cuando se constituye una SL. Además de que el capital social necesario para constituirla es mucho mayor.

Pequeñas crean empleo

Los últimos datos cerrados ofrecidos por el Banco de España se refieren a 2001, año en el que los negocios de menor dimensión incrementaron un 4,7 por ciento sus puestos de trabajo y en el que las grandes se conformaron con un impulso de un 2,7 por ciento. Los datos generales recabados en 2003 por el Banco de España parecen avalar un continuismo en la tendencia laboral. "El ritmo de avance de la partida de gastos de personal por trabajador en el total de las empresas cayó hasta un 3,4 por ciento en el pasado año", un comportamiento que, aparentemente, debería haber estado, de nuevo, avalado por un mayor impulso creador de empleo de las pymes que de las grandes. La conclusión de estos datos parece clara: a mayor flexibilidad de empresa, mayor capacidad de impulso laboral.

Activos más rentables

Según una reciente conferencia publicada por el profesor Termes del IESE, en 2002 las empresas más grandes consiguieron sacar una rentabilidad a sus activos de un 7,7 por ciento; ese mismo año, las pequeñas lograban arrancar una rentabilidad sobre los activos de un 8,1 por ciento. Según explica el profesor de IESE, la tendencia se repitió en 2003. Pese a que aún no se han revelado los datos de las compañías más pequeñas, las medianas lograron una rentabilidad de un 8,9 por ciento, seis décimas por encima de las grandes. Los sectores con gran peso de los negocios de reducida dimensión también confirmaron la conclusión: Comercio y reparación obtuvo una rentabilidad de un 11,7 por ciento, casi tres puntos por encima del cálculo medio.

El anterior Ejecutivo no ocultaba la necesidad de primar el apoyo a la pequeña y mediana empresa y a los trabajadores autónomos y gracias a este apoyo la economía española goza de un salud envidiable en Europa. Ahora el nuevo Gobierno recién estrenado debe tomar buena nota de ello ya que se trata de un sector primordial en el tejido empresarial español. Así lo demuestran los datos: las pequeñas empresas son 92 por ciento del empleo total y el 95 por ciento del número final de compañías registradas en territorio nacional.

El plan de actuación del nuevo gobierno recoge en teoría una nueva reducción de los trámites administrativos para la creación de las pymes y un mayor apoyo institucional por medio de un incremento de las vías de acceso al capital riesgo y a otros mecanismos de financiación.

Algo que puede ayudar a la economía española en un momento en el que los resultados de las compañías despegan y la reactivación internacional parece haber dado el banderazo de salida.





 
Admin: Borrar Mensaje  link analisis     15/03/2004 09:52  Fecha
Mensaje . Un total de 11.397 sociedades mercantiles se crearon en enero en España, lo que supone una caída del
1,6 respecto al mismo mes del año anterior, según los datos difundidos por el Instituto Nacional de Estadística
(INE). El capital suscrito por estas sociedades alcanzó los EUR 893 millones, un 26,6 menos que en el mismo
mes del año anterior, mientras que el capital medio cayó un 25,4 . En enero, se disolvieron un total de 1.906
sociedades, lo que supone un aumento interanual del 73,4 .


 
Admin: Borrar Mensaje  el confidencial.com     24/02/2004 22:33  Fecha
Mensaje RÉCORD HISTÓRICO DE EMPRESAS CREADAS EN ESPAÑA EL AÑO PASADO, CON 124.057 NUEVAS SOCIEDADES
24/02/2004
MADRID.-El número de empresas creadas en España ascendió a 124.057 en 2003, lo que representa un crecimiento del 5,33 en relación a 2002, cuando se constituyeron 117.780 sociedades, según datos de la estadística mercantil del Colegio de Registradores de España presentados en rueda de prensa por Luis Fernández del Pozo.

A pesar de que el aumento de nuevas empresas fue inferior al registrado en 2002, cuando la tasa de crecimiento interanual alcanzó el 6,4 , el número total de sociedades constituidas marcó en 2003 un récord histórico, lo que, según los registradores, es un indicador de la "bonanza económica" y de la confianza empresarial.

La mayor parte de las sociedades creadas el pasado año, en concreto el 97 (120.783 empresas), se constituyeron bajo la forma de sociedad limitada, mientras que las sociedades anónimas se redujeron un 20 , hasta sumar 2.529.

Por comunidades, Madrid se mantuvo en 2003 a la cabeza de la creación de empresas, con 24.391 nuevas sociedades, seguida muy de cerca de Cataluña, con 24.070. A continuación, aunque a gran distancia, se situaron Andalucía (20.719) y Comunidad Valenciana (14.505).

Por primera vez, en 2003 los registros mercantiles introdujeron en su estadística datos relativos a la Sociedad Limitada Nueva Empresa, cuya ley regulatoria lleva en vigor siete meses. Según Del Pozo, aún es pronto para valorar los efectos de esta nueva forma societaria, cuya presencia es, de momento, "bastante marginal".

Así, a 31 de diciembre del año pasado únicamente se habían constituido 897 Nuevas Empresas frente a las más de 120.000 sociedades limitadas creadas en 2003. De esta forma, la Nueva Empresa representó algo más del 1 del total de entidades constituidas en el pasado ejercicio, no habiéndose detectado un "cambio masivo" a esta nueva forma societaria.

De continuar este ritmo, de las 10.000 sociedades que mensualmente se crean en los registros mercantiles, sólo 128 lo harán bajo la forma de Nueva Empresa, señaló Del Pozo, quien añadió que, pese al "plazo relámpago de un día" en el que los registradores inscriben estas sociedades, la media para su constitución se sitúa en 27 días, debido a los tiempos "muertos" que existen entre medias y que "no son imputables" al funcionamiento del Registro.

En este sentido, Del Pozo avanzó que el Colegio de Registradores ha encargado un informe para estudiar los trámites administrativos y los obstáculos que puedan existir a la hora de crear una empresa, con el fin de sugerirle al gobierno saliente de las elecciones generales del 14 de marzo una serie de medidas para acelerar estos procesos.


 
Admin: Borrar Mensaje  elconfidencial     27/10/2003 21:58  Fecha
Mensaje BUSINESSWEEK´ DESTACA A ESPAÑA COMO UN ‘PARAÍSO’ PARA LOS DOMICILIOS FISCALES DE LAS GRANDES MULTINACIONALES


El Gobierno no cabe en sí del gozo. Mientras en España la oposición se harta de criticar la política fiscal, fuera de nuestras fronteras los elogios al camino emprendido estos años se hacen cada vez más comunes. La última en sumarse a este afán laudatorio ha sido la edición europea de la revista norteamericana BusinessWeek, en un artículo titulado “A Spanish Home Away From Home”, que el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, se encargó personalmente de hacer llegar a sus más inmediatos superiores, el vicepresidente primero, Rodrigo Rato, y el propio presidente, José María Aznar.

Cuenta la revista que cuando el año pasado General Motors reorganizó su negocio en Europa, decidió “lo que otras muchas multinacionales hacen para pagar menos impuestos”. GM, en lugar de escoger lugares tradicionales para domiciliarse fiscalmente como Luxemburgo o los países Bajos, se instaló en Zaragoza.

Una decisión sobre la que influyó el hecho de que allí ya existía una fábrica de Opel pero, sobre todo, los beneficios fiscales que aporta nuestro país. Tanto que un ejecutivo de la firma señala en el semanario norteamericano que “nuestra expectativa es ahorrar una importante cantidad de dinero”.

General Motors no es la única que ha elegido España como domicilio fiscal. La revista señala otras como DuPont, Eli Lilly y la británica Vodafone. Recuerda que no hace tanto que España tenía uno de los “más costosos y menos flexibles sistemas fiscales de Europa para las multinacionales”, pero que después de las recientes reformas fiscales España se ha convertido en el único país europeo que ofrece exenciones de impuestos sobre beneficios, dividendos, fondos de comercio, etcétera, “cargas que en otros muchos países se aplican cuando compañías extranjeras instalan por primera vez” sus domicilios fiscales.

BusinessWeek destaca que la comparación con los Países Bajos, hasta ahora tradicionales receptores de compañías extranjeras por sus beneficios fiscales, es favorable a España, ya que allí las compañías son gravadas con un 5 sobre los beneficios y los dividendos atribuidos. Añade que aunque sigue siendo menos competitiva en la totalidad de su sistema fiscal que Irlanda, “España está marcando el paso en el Continente”.

Según esta publicación, aunque la domiciliación fiscal de estas compañías no genera el empleo o los ingresos que sí generan las fábricas o las sedes centrales, España ha hecho lo imposible por atraerlas, y eso gracias a las demandas temporales de servicios profesionales, como abogados, economistas, asesores fiscales, etcétera.

En este sentido destaca que en 2002 las corporaciones extranjeras gastaron 20.700 millones de dólares para establecer sus domicilios fiscales en España, frente a los 500,7 millones de 1998, de acuerdo con las cifras de secretaría de Estado de Comercio. El pasado año las multinacionales supusieron el 63,2 de las inversiones extranjeras en España, frente al 5,8 de 1998. Y concluye que aunque estos domicilios fiscales son sólo paper, “los beneficios para España son reales”.





 
Admin: Borrar Mensaje  BOE. LEY CONTROL CAMB Y BL.CAP.     23/09/2003 19:17  Fecha
Mensaje ESPOSICION DE MOTIVOS DE LA LEY DE CONTROL DE CAMBIOS Y PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES
I. Disposiciones generales
JEFATURA DEL ESTADO
13471 LEY 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen
jurídico de los movimientos de capitales y de
las transacciones económicas con el exterior
y sobre determinadas medidas de prevención
del blanqueo de capitales.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo
vengo en sancionar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La Ley 40/1979, de 10 de diciembre, sobre Régimen
Jurídico de Control de Cambios, se ha caracterizado,
tras más de 20 años de vigencia, por su singularidad,
ya que, en palabras del Consejo de Estado, su ejecución
se encomendó al Gobierno y su desarrollo se consumó
en el terreno reglamentario.
Efectivamente, nuestra Ley de Control de Cambios
ni prohibía ni restringía ni imponía ningún tipo de exigencia
ni de requisito administrativo. Tan sólo se limitaba
a facultar, con carácter general, al Gobierno para que
estableciese, según las exigencias impuestas por la
coyuntura económica en cada momento, las normas de
restricción o control que estimase más oportunas.
En definitiva, se ha tratado de una norma con rango
de ley que ha permitido tanto una absoluta restricción
como una absoluta libertad.
Sin embargo, este amplio abanico de posibles medidas
que sirve, ya para situaciones de libertad, ya para
situaciones de prohibición, debe limitarse definitivamente
para proclamar, con carácter general, la libertad de
movimientos de capitales.
Fue el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea
el que proclamó tal libertad, logrando así una equiparación
con las restantes libertades comunitarias básicas.
Incluso se va más allá, cuando el artículo 56 del Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea no sólo prohíbe
las restricciones a los movimientos de capitales y a los
pagos entre Estados miembros, sino también entre éstos
y terceros países.
Al mismo tiempo, el propio Tratado, en su artículo
58.1.b), reconoce el derecho de los Estados miembros
a establecer procedimientos de declaración de movimientos
de capitales a efectos de información administrativa
o estadística, o tomar medidas justificadas por
razones de orden público o de seguridad pública.
Esta ley trata, por tanto, de garantizar la completa
adecuación de nuestro ordenamiento jurídico al derecho
comunitario.
II
Teniendo en cuenta que el objetivo principal es incorporar
plenamente a nuestro ordenamiento interno las
previsiones del Tratado Constitutivo, no es menos cierto
que la Ley 40/1979, de 10 de diciembre, sobre Régimen
Jurídico de Control de Cambios, presentaba importantísimas
disfunciones nada acordes con la nueva etapa
de liberalización.
Se planteaban importantes contradicciones y lagunas
de regulación, además de problemas relacionados con
el propio lenguaje e imagen de la Ley 40/1979 y otros
asuntos menores como eran, entre otros, las referencias
a la adquisición, tenencia y cesión de divisas o pesetas
por residentes o no residentes, o los conceptos de patrimonio
exterior e interior, que estaban pensados para
un sistema de convertibilidad y transferibilidad limitadas.
Cabe resaltar entre estas importantes contradicciones
la figura del delito monetario. Al suprimirse en 1996
el único supuesto subsistente de delito monetario consistente
en la exportación de moneda metálica, billetes
de banco y cheques bancarios al portador, en pesetas
o en divisas, por importe superior a cinco millones de
pesetas o su contravalor, sin haber obtenido autorización
previa, la reforma operada en la Ley 40/1979, de 10 de
diciembre, por la Ley Orgánica 10/1983, de 16 de agosto,
ha quedado completamente vacía de contenido.
Igualmente, el sistema sancionador previsto en la
Ley 40/1979 ha manifestado falta de coherencia y ajuste
con la actual situación de libertad de movimientos
de capitales.
Esta situación se enmendó a través de la Ley 41/1999,
de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación
de valores, cuya disposición adicional cuarta abordó
la tipificación de infracciones muy graves y eliminó
el concepto residual de infracción leve. Sin embargo,
tal modificación hay que considerarla muy parcial y efectuada
con carácter urgente para abordar el específico
supuesto de los embargos financieros impuestos por la
Unión Europea y Naciones Unidas.
Es por tanto necesario establecer un nuevo cuadro
sancionador en el que se incluya una tipificación expresa
de las distintas acciones y omisiones infractoras y una
mayor concreción de las sanciones aplicables en cada
caso.
En definitiva, todas las circunstancias descritas suponen
la necesidad de proceder a una actualización de
la Ley 40/1979.
BOE núm. 160 Sábado 5 julio 2003 26167
III
Esta ley se estructura en dos capítulos perfectamente
diferenciados.
El capítulo I contiene, a lo largo de siete artículos,
el régimen general de los movimientos de capitales y
de las transacciones económicas con el exterior.
El artículo 1 declara, en línea con el Tratado Constitutivo
de la Comunidad Europea, el principio de libertad
de los movimientos de capitales, recogiendo desde un
punto de vista objetivo lo que ha de entenderse por
transacciones económicas con el exterior.
Desde una óptica subjetiva, el criterio fundamental
en materia de movimientos de capitales es el de la residencia.
De ahí que en el artículo 2 se definan los conceptos
de residente y no residente en España.
Se ha producido un acercamiento al concepto de residencia
contenido en la normativa fiscal, buscando con
ello una mejor identificabilidad y prueba de la condición
de residente en España.
En el artículo 3 se posibilita el conocimiento de los
movimientos de capitales y transacciones económicas
con el exterior a través de un mecanismo de declaración
y, a efectos de información administrativa y estadística
de las operaciones, se identifican los sujetos obligados
a declarar y los destinatarios de tal información.
Con ello se hace uso de la facultad reconocida a
los Estados miembros por el artículo 58.1.b) del Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea en cuanto a la
posibilidad de establecer procedimientos de declaración.
Los artículos 4 y 5 recogen las cláusulas de salvaguardia
y las medidas excepcionales contenidas en el
título III, capítulo IV, del Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea, de forma que se establece un mecanismo
ágil, a través de acuerdo del Consejo de Ministros, que
permita aplicar medidas adoptadas no sólo por la Comunidad
Europea, sino por otros organismos internacionales
de los que España sea miembro.
En el artículo 6 se posibilita la realización de actos
y negocios afectados por cláusulas de salvaguardia o
medidas excepcionales a través de la correspondiente
autorización administrativa.
En el artículo 7 se recoge una facultad de control
otorgada a los Estados miembros por el artículo 58.1.b)
del Tratado y que se ha traducido en la posibilidad de,
en circunstancias tasadas, suspender el régimen de liberalización.
Los artículos 8 a 12 constituyen el capítulo II, que
establece el régimen sancionador en materia de movimientos
de capitales, de acuerdo con los principios de
legalidad, tipicidad y proporcionalidad y respetando la
garantía de procedimiento.
En las disposiciones adicionales se modifica la
Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas
medidas de prevención del blanqueo de capitales, en
el sentido de mejorar los instrumentos de control sobre
el efectivo y otros medios de pago, por el riesgo que
suponen desde el punto de vista de la prevención del
blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Se modifica igualmente la Ley 230/1963, de 28 de
diciembre, General Tributaria, de cara a incrementar la
efectividad en el desarrollo de investigaciones sobre
blanqueo de capitales.


 
Admin: Borrar Mensaje  mercado press     25/02/2003 23:15  Fecha
Mensaje Requisitos generales de las facturas en España.-

Toda factura debe contener los siguientes datos.

Datos del vendedor .-

-Nombre o Razon social(sociedades)
-C.I.F.(código de identificación fiscal)
-Dirección (calle, nº, ciudad y codigo postal )
-Datos Registrales (solo en caso de sociedades)


Datos del comprador .-

-Nombre o Razon social(sociedades)
-C.I.F.(código de identificación fiscal)
-Dirección (calle, nº, ciudad y codigo postal )



Datos de la operación
-fecha de la operación
-lugar de la operación
-número de factura
-concepto( indicar que es lo que se vende)
-base imponible (importe de la venta)
-tipo de i.v.a. ( el tipo normal es al 16 )
-cuota( importe del i.v.a)
-importe total ( suma de la base más el i.v.a.)



Notas :
-antes de emitir una factura consulte con su asesor fiscal pues las variaciones pueden ser muy importantes de una factura a otra.

-los descuentos obligatoriamente si los hay se especificaran en factura y se restarán del importe de la base.

-facturas de pequeño importe a particulares se puede omitir datos del comprador y poner clientes varios

-un empresario para podérsela deducir como gasto debe y puede exigir factura completa con todos los datos anteriores ( hay caso especiales que no es necesario como los peajes de las autopista pero son muy pocos casos y muy concretos)

-los tipos de i.v.a. pueden variar mucho de un producto a otro , en una misma factura puede haber varios tipos de i.v.a.

-la facturas deben de estar en castellano o en el idima cooficial de la comunidad autonoma donde se emiten.

-la moneda debe ser el euro con dos decimales

-cabe la posibilidad de hacer facturas telemáticas

-no basta poner como concepto “según albaranes adjuntos “ aunque si se puede poner un concepto generico tipo “ por venta de producto x según albaranes adjuntos


 
Admin: Borrar Mensaje  abc     23/02/2003 20:24  Fecha
Mensaje La cifra de sociedades constituidas en el 2002 creció el 6,4 hasta 117.780, informó ayer el director de coordinación de Registros Mercantiles, Luis Fernández del Pozo, tras valorar el alza de depósitos formalizados, 5 , hasta los 869.286, y la merma de la brecha de entidades incumplidoras.

En rueda de prensa, Fernández del Pozo valoró el dato de entidades constituidas, que calificó de "halagüeño" por las expectativas empresariales que implica y porque, precisó, supone "un récord histórico en España", que supera "indudablemente" el dato de las 110.650 entidades constituidas en el 2001.

Asimismo Fernández del Pozo ensalzó el grado de cumplimiento en cuanto a las cuentas depositadas en los registros por parte de las sociedades, un porcentaje que el año pasado se situó en el 85,66 .

A la cabeza en ese cumplimiento, según sus datos, se situaron localidades como Segovia (99,25 ) y Salamanca (98,4 ), y en el lado opuesto León (68,74) y Cádiz (70,98). Asimismo, de cada cien entidades nuevas registradas el año pasado, 96 eran sociedades de responsabilidad limitada, 3 anónimas y un 1 otra forma marginal.

Las comunidades que más impulsaron el crecimiento de sociedades constituidas fueron Andalucía y Madrid, añadió Fernández del Pozo. En el 2002, Madrid recuperó su liderazgo, con la constitución en la comunidad madrileña de 23.711 sociedades frente a las 21.021 del 2001, lo que supone un crecimiento de casi el 13 , el doble de la tasa nacional.

Andalucía por su parte aumentó el 12 el número de entidades constituidas en el 2002, hasta las 19.657, mientras que Cataluña, que el año anterior tuvo un crecimiento muy "poderoso", dijo, creció en el 2002 el 2 , con 22.594 nuevas entidades frente a las 22.099 del 2001.

Aunque el 2002 confirmó la tendencia de desaceleración económica del año, con menos crecimiento del Producto Interior Bruto (PIB) y una fuerte caída de la Formación Bruta de Capital Fijo, el número de sociedades alcanzó "un techo histórico", reiteró Fernández del Pozo.

Los síntomas de recuperación económica derivados de ese hecho se reflejan también en el crecimiento del 17 del número de operaciones de ampliación de capital social de las sociedades, tras pasar de 43.480 en el 2001 a 50.760 en el 2002.

También es muy significativo, dijo, el aumento de la cifra de operaciones de reducción de capital social, que de las 5.728 del 2001 pasaron a 8.673 en el 2002, lo que supone un crecimiento de más del 50 , mientras que en materia de reestructuraciones empresariales se mantuvo la tendencia de retraimiento, agregó.

Por otra parte, Luis Fernández del Pozo tildó de "preocupante" la escasa información del número de grupos consolidados debido a que está siendo "defectuoso" el cumplimiento de la ley respecto con la presentación de cuentas consolidadas.


 
Admin: Borrar Mensaje  el mundo     8/02/2003 08:48  Fecha
Mensaje
LA UE LUCHA CONTRA LOS FRAUDES FISCALES
El fin de los 'paraísos'


GORETTI HIDALGO ZAN | ELMUNDODINERO
(Diciembre de 2002)

Dos asuntos traen de cabeza a los ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea: Suiza y el 'paquete fiscal' de los Quince. Y es que no hay que olvidar que en la misma Europa aún existen varios de los más que atractivos paraísos fiscales y que es necesaria la convergencia con los países que, aunque no pertenecer a la UE, se encuentran demasiado cerca de sus fronteras, para luchar contra el fraude.

Los desencuentros y la imposibilidad de aunar posiciones al respecto hizo que el Ecofin (Consejo de Economía y Finanzas de la UE) celebrada el pasado 11 de diciembre una reunión extraordinaria, después de algunos encuentros informales con Suiza para lograr su colaboración en la eliminación del secreto bancario y la instalación automática de intercambio de información sobre los intereses de ahorro.

Por otro lado, el 'paquete fiscal' que la UE pretendía aprobar se fundamenta en dos puntos: Directiva sobre fiscalidad del ahorro y la armonización de los impuestos sobre la energía en los Quince. Este segundo tema no encontró demasiadas trabas mientras que el primero, volvió a ser aplazado.

El origen del problema

El origen de las divergencias se remonta al acuerdo de Feira (Portugal) en junio de 2000, cuando tras intensas negociaciones los Quince se pusieron de acuerdo sobre un futuro sin secreto bancario, pero estableciendo previamente una votación por unanimidad antes de finales de 2002.

Este acuerdo establece la entrada en vigor de la Directiva en 2004, siempre y cuando los territorios dependientes y asociados a los Estados miembros (Islas Caimán y Gibraltar, entre otros) apliquen medidas idénticas, además de otros terceros países -EEUU, Suiza, Liechenstein, Mónaco, Andorra y San Marino- mediante "medidas equivalentes".

Respecto a las negociaciones con esos seis terceros países, el único que ha presentado una traba real a la convergencia ha sido Suiza, que se ha escudado en su más que conocida tradición de mantener el secreto bancario.

La propuesta ha despertado serios recelos entre los tres países que eligieron la retención en origen durante el periodo transitorio establecido (hasta el año 2011): Luxemburgo, Austria y Bélgica.

Y lo que Suiza está dispuesta a aceptar se basa en cuatro puntos:


Retención en origen del 35 .

Los ahorradores que lo deseen pueden optar por ofrecer información.

Revisión periódica del acuerdo.

Intercambio de información mediante requerimiento en supuestos casos de
"fraude y similares".

Este último punto es que ha despertado el recelo de ciertos miembros de los Quince ya que Suiza está dispuesta al intercambio de información sobre rentas obtenidas en su territorio por no residentes en caso de que haya una investigación formal civil o criminal relacionada con el fraude fiscal y "comportamientos similares". Pero, ¿qué considera Suiza como "comportamientos similares"? Ese es el escollo principal que se necesita aclarar para que la Directiva continúe hacia adelante.

Pero el frente contra Suiza no es el único que la UE tiene abierto. Otro de los graves problemas para la armonizar la lucha contra el fraude fiscal proviene de Gibraltar, 'paraíso fiscal' tradicional y en la que existen 28.500 compañías y sociedades activas, según un informe del Fondo Monetario Internacional (FMI).

De esas 28.500 empresas, 8.500 están exentas de impuestos, en un territorio que apenas alcanza los 30.000 habitantes y que los depósitos de los bancos de la colonia que se dedican sólo a negocios 'off-shore' ascienden a 1.900 millones de libras, frente a los 12.000 millones de Chipre y los 450.000 de las Islas Caimán. Además, en el Peñón se crean 3.000 sociedades al año, cuya vida media oscila entre los cinco o seis años.

A finales de noviembre, la Comisión Europea adoptó una recomendación dirigida a Reino Unido destinada a abolir o reformar el régimen de las empresas exentas de impuestos de sociedades en Gibraltar. Esas sociedades únicamente pagaban un impuesto anual que oscila entre 350 a 500 euros. Por ello la CE ha instado a Reino Unido a la desaparición de este tipo de "ayudas estatales", a más tardar, antes de finales de 2005. Además, frente a un impuesto de sociedades superior al 30 en la mayoría de los países europeos, el nuevo régimen fiscal propuesto por el primer ministro del Peñón, Peter Caruana, no llega a la mitad y eso que, teóricamente, es más severo que el actual.

Más frentes abiertos

Tras la ardua lucha por negociar con Suiza y por controlar Gibraltar, los Gobiernos francés y alemán consideran que las reglas del mercado único europeo son falseadas por algunos miembros, como Irlanda, que atraen a los inversores gracias a una fiscalidad ventajosa. Pero es que, en todos los países, en mayor o en menor medida, existen casos de fraude.

Por ejemplo, en España, el 80 de la población considera que el sistema fiscal es injusto y que pagan mucho más de lo que realmente. Esta idea hace que el individuo, en el momento que tenga una oportunidad clara de obtener beneficio, vaya a cometer fraude. Además, esta situación se agrava si existen países que ya, de antemano, consideran la traición del secreto bancario como un delito y el fraude como una simple falta.

Por otra parte, existen varios tipos de fraude fiscal y no sólo el que la Unión Europea pretende armonizar, el de los ahorradores. Además se puede cometer fraude inmobiliario -sin pago de los tributos sobre la propiedad o disfrute-, de valores mobiliarios y otros activos financieros -evasión de tributos por titularidad, rendimientos y transmisión de un conjunto de bienes financieros-, de aduanas o de IVA.

En busca de nuevos paraísos fiscales que no destaquen

Con los mecanismos de control que la UE pone poco a poco en marcha, los paraísos fiscales tradicionales han rebajado los beneficios que ofrecían. Además, otros como EEUU, Suiza, Mónaco, Liechtenstein o San Marino, también han recortado las 'ayudas' fiscales que ofrecían. No sólo Suiza o Gibraltar son los paraísos fiscales más destacados tradicionalmente. Si no que, junto a ellos, destacan Luxemburgo, Holanda, Islas Caimán o Panamá.

(VER GRÁFICO: Principales características de los paraísos fiscales tradicionales).

Con la aplicación de las duras medidas de la UE, las empresas y particulares están a la caza de condiciones fiscales óptimas en centros 'off-shore' que aún no estén identificados ni por los Quince ni por la Organización para la OCDE.

Entre ellos, un estado norteamericano, Delaware, uno de los menos regulados en EEUU en donde muchos ingresos no pagan impuestos. Otro paraíso fiscal emergente es la isla de Man (Reino Unido), que ha decidido adoptar una fiscalidad cero para las empresas a partir de 2006.

Y para los más exóticos, diversas jurisdicciones asiáticas como Singapur, Hong Kong o Dubai (Emiratos Árabes Unidos) junto a las islas Cook. Y en el sur del Pacífico se encuentra Labuan, pequeño Estado de Malasia que, desde 1990, es un centro financiero 'off-shore' que compite con los paraísos fiscales más importantes de Europa y el Caribe, aunque está especializado en las finanzas islámicas.

También hay que recordar a Malasia, país puntero en el mercado de inversiones conformes a los principios del islam, además de Bahrein, uno de los primeros en beneficiarse de la llegada masiva de capitales árabes o islámicos repatriados después del 11 de septiembre.

 

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